miércoles, 28 de junio de 2017

PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO 2017




¿CÓMO AFECTAN A LAS OPOSICIONES DE JUSTICIA?

Lo primero es decir ¡¡¡POR FIN!!! que estos presupuestos han sido el parto de la burra...

Entrando en materia, básicamente tenemos que centrarnos en la lectura del artículo 19, del que podemos extraer los siguientes datos de interés:

La tasa de reposición, como en ejercicios anteriores, en lo que respecta a Justicia, se ha fijado en "hasta un máximo del 100%".

Con independencia de lo anterior, establece dicho artículo 19 que "Se podrá disponer de una tasa adicional para estabilización de empleo temporal que incluirá hasta el 90 por ciento de las plazas que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2016"

El mencionado artículo continúa concretando lo del párrafo anterior estableciendo que con respecto a las ofertas de empleo que articulen estos procesos de estabilización, deberán aprobarse y publicarse en los respectivos Diarios Oficiales en los ejercicios 2017 a 2019 y serán coordinados por los Departamentos ministeriales competentes.

La tasa de cobertura temporal en cada ámbito deberá situarse al final del período por debajo del 8 por ciento.

La articulación de estos procesos selectivos en todo caso garantizará el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad, podrá ser objeto de negociación en cada uno de los ámbitos territoriales de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales, pudiendo articularse medidas que posibiliten una coordinación entre las diferentes Administraciones en el desarrollo de los mismos.

¡¡¡Veremos como se concreta todo lo anterior en la oferta de empleo público 2017!!!

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