lunes, 20 de marzo de 2017

IMPORTANTE: ¿CUANDO TOMAR POSESIÓN DEL PRIMER DESTINO?

Hola chic@s:

Algunos de los que habéis aprobado la pasada convocatoria nos estáis comentando que, como tenéis destino fuera de vuestra Comunidad Autónoma, estáisn pensando en apurar el plazo de 20 días para tomar posesión y así iros lo más tarde posible.

Sobre ese particular, y auque apurar dicho plazo en nada os perjudica en cuanto a la congelación para poder concursar (los famosos dos años), simplemente os queríamos advertir que, a efectos de resolución del futuro concurso de traslado en el que participéis el día de mañana (cuando queráis volver a vuestra tierra), el criterio fundamental a la hora de decidir a quién se adjudica el destino es la antigüedad, esto es, el tiempo efectivo de servicio en el cuerpo. Esto quiero decir que, quienes tomen posesión en primer lugar, aunque sea sólo un día de diferencia, tendrán preferencia para elegir destino sobre aquellos de su convocatoria que hayan tomado posesión más tarde que ellos.

Como dice el refrán: "Al que madruga Dios le ayuda".

Tú sólo estudia