jueves, 30 de octubre de 2014

NO HAY MAL QUE POR BIEN NO VENGA...

Hola chic@s:

Como hace tiempo que no compartimos nada con vosotros, ahí va una noticia de hoy 30/10/2014 publicada en el diario El País que podéis leer al completo haciendo clic aquí.

El titular de dicha noticia es que "El Gobierno trata de atajar la crisis de la corrupción con casi 300 jueces más". La noticia no tendría nada de relevante en lo que a nosotros interesa pues no dice que se vaya a crear un número correlativo de juzgados u oficinas judiciales, lo que se traduciría en una gran oferta de empleo público para 2015. ¡Un sueño en los tiempos que corren! No obstante, si seguimos leyendo la noticia, recoge unas palabras textuales pronunciadas por Rajoy que, aunque vaya usted a saber si nos las podemos creer, como poco, queríamos trasladároslas, pues un poco de optimismo nunca viene mal aunque sólo sea para que los que estáis estudiando lo hagáis con mejor ánimo. Estas palabras han sido:

"Lo que vamos a hacer es facilitar todos los medios personales y materiales a los jueces para que estas cosas no se vuelvan a repetir en el futuro"

En definitiva, y por eso poníamos el titular a esta entrada del blog, "No hay mal que por bien no venga". También podríamos haberle puesto "A río revuelto, ganancia de pescadores", pero, lo que queríamos resaltar es que, a ver si todo este escándalo de la corrupción sirve para que tengamos una buena oferta de empleo público que no se quede sólo en esas casi 300 plazas de jueces. Crucemos los dedos...

Tú sólo estudia

viernes, 17 de octubre de 2014

PRÓRROGA DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY DE REGISTRO CIVIL

Hola chic@s:

En el día de hoy se ha publicado en el BOE la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

Entre otras medidas, en lo que a nosotros interesa, en esta Ley aprueba las siguientes medidas:

  •  Prórroga de la entrada en vigor de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil: En este sentido, esta Ley, en la parte que al día de la publicación del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, no hubiera entrado en vigor, lo hará el día 15 de julio de 2015.
  • Llevanza del Registro Civil: A partir de la entrada en vigor en su totalidad de la Ley del Registro Civil, éste estará encomendado a los Registradores de la Propiedad y Mercantiles que en cada momento tengan a su cargo las oficinas del Registro Mercantil, por razón de su competencia territorial. Dichas oficinas se denominarán Oficinas del Registro Civil y Mercantil.
  • Modificaciones de la Ley del Registro Civil: El Gobierno promoverá, en el plazo más breve posible, las modificaciones de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, necesarias para su adecuación a la llevanza del Registro Civil por los Registradores de la Propiedad y Mercantiles que en cada momento tengan a su cargo las oficinas del Registro Mercantil, incluyendo las reglas de competencia para la inscripción de los hechos y actos que deban acceder al Registro Civil y el régimen del personal al servicio de la Administración de Justicia destinado actualmente en el Registro Civil.
Tendremos que estar muy atentos a estas modificaciones, en especial en lo que respecta al régimen del personal al servicio de la Administración de Justicia, ya que, si los funcionarios de justicia son definitivamente apartados de todo lo relacionado con el Registro Civil, lo lógico sería la supresión de estos temas del programa de la oposición.Os tendremos puntualmente informados...

Tú sólo estudia