domingo, 6 de julio de 2014

REGISTRO CIVIL PARA LOS REGISTRADORES MERCANTILES

Pues eso, parece que el tira y afloja que ha mantenido el Ministerio de Justicia en relación al destino de la llevanza del Registro Civil va tocando a su fin. En el BOE de ayer, 5 de julio de 2014, se ha publicado el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. Esta Ley establece que el Registro Civil estará encomendado a los Registradores de la Propiedad y Mercantiles que en cada momento tengan a su cargo las oficinas del Registro Mercantil, por razón de su competencia territorial. Dichas oficinas se denominarán Oficinas del Registro Civil y Mercantil.

¿Cómo afecta esto a las oposiciones? 

Desde luego, una buena noticia no es. Hay que tener en cuenta que la desjudicialización del Registro Civil puede suponer que exista un remanente de funcionarios de Justicia para redistribuir. El propio Decreto Ley dispone al respecto que "El Gobierno promoverá, en el plazo más breve posible, las modificaciones de la Ley 20/2011, de 21 de julio, necesarias para (...) el régimen del personal al servicio de la Administración de Justicia destinado actualmente en el Registro Civil". Por tanto, tendremos que esperar a esta modificación de la Ley para ver dónde acabarán los funcionarios del Registro Civil. Como haya que redistribuirlos dentro de la Administración de Juticia será una mala noticia para nosotros, pues implicará menores necesidades de personal. No obstante, por otro lado, desconocemos, si podrá hacerse lo que prevé la actual Ley 20/2011 de permitir que los funcionarios actuales del Registro Civil pasen a trabajar a las nuevas oficinas que se creen... 

Como siempre, nos toca esperar para valorar esta noticia. Otra cosa serían suposiciones.